Puente Grande y sus implicaciones

Por: Salvador Romero Espinosa (@chavaromero)

A pesar de que existían indicios claros de que el gobierno federal tenía planes para el CEFERESO de Puente Grande, principalmente considerando la reducción de reos en el transcurso del año, de cerca de novecientos en enero a menos de cuatrocientos en julio, no deja de ser sorprendente la decisión de cerrar definitivamente sus puertas. 

En ese contexto, considero que la sociedad, en general, y los reclusos, en particular, tienen el derecho de saber las razones detrás de este cierre, toda vez que parece ilógico que no exista un reclusorio federal en las inmediaciones de la segunda urbe más grande del país, enclavada en una región occidental densamente habitada por al menos cinco entidades federativas cuya capital se encuentra a menos de tres horas de la capital jalisciense (Nayarit, Colima, Michoacán, Guanajuato y Aguascalientes).

Este dato es importante, porque el Tribunal de Estrasburgo ha sostenido que los reclusos y sus familiares tienen derecho a una convivencia y que, por consecuencia, es esencial para el respeto de la vida familiar que la administración penitenciaria ayude a los detenidos y encarcelados a mantener un contacto con su familia cercana (Messina c. Italia, sentencia de 28 de septiembre de 2000). En consecuencia, la decisión de cerrar el CEFERESO de Puente Grande, pudiera mermar el derecho del casi millar de reclusos que albergaba hace unos meses dicho reclusorio, toda vez que siempre debe estar debidamente justificada la decisión de alejar a un reo de su familia.

Por otra parte, de acuerdo al marco constitucional y legal que nos rige en materia del derecho humano a la información, las autoridades tienen la obligación de documentar todos los actos que deriven del ejercicio de sus facultades, competencias y funciones y, en ese sentido, detrás de una decisión de esta magnitud, sin duda que debe de existir un dictamen detallado y debidamente fundado y motivado (como cualquier otro acto de autoridad) para tomar una decisión que, sin duda alguna, impacta en los derechos humanos de muchos reclusos e, incluso, en el debido ejercicio de los recursos públicos.

En consecuencia, los costos para los contribuyentes derivados del cierre del CEFERESO de Puente Grande, también deben de ser públicos, porque implican la onerosa reubicación de miles de funcionarios públicos administrativos (que laboraban en dicho centro) y judiciales (que laboraban en los juzgados adscritos a dicho centro) que deberán de ser reubicados, junto con mobiliario y oficinas, a otros espacios.

Finalmente, entre las muchas otras preguntas que deben de responderse, es importante saber cuál es el destino que se le pretende dar a todas las valiosas instalaciones de dicho centro penitenciario (¿se van a derrumbar?), así como tener la certeza plena de que dicha decisión no obedece a cuestiones de índole político o bien, si son producto de la imposibilidad de las autoridades penitenciarias para reestablecer el control dentro de dicho centro penitenciario, lo cual sería sumamente grave.

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