Iuspositivismo cotidiano
Por: Salvador Romero Espinosa (@chavaromero)
El positivismo jurídico o iuspositivismo es una corriente filosófica del Derecho, que si bien aún carece de una definición universal, en términos generales establece que el derecho vigente no puede ser desobedecido por consideraciones morales y que las leyes deben de ser aplicadas y respetadas siempre, sin importar si son consideradas justas o injustas.
En ese sentido, muchas decisiones que han pasado a la historia por su
injusticia o crueldad se han justificado con principios del iuspositivismo, con
el argumento de que fueron tomadas con base en leyes debidamente aprobadas por
órganos previamente constituidos y debidamente integrados conforme a su propia
Constitución, tal y como sucedió dentro del régimen nazi del Tercer Reich con
la persecución y asesinato de personas judías.
La defensa moderna de los “usos y costumbres” de muchas comunidades
indígenas en nuestro país, parte justamente de premisas iuspositivistas, en el
sentido de que no importa si nos parecen injustas o no, debemos de respetarlas
porque son sus normas vigentes y, por ello, seguimos tolerando como sociedad
que no se respeten muchos de los derechos humanos previstos en nuestra
Constitución, como lo es la comercialización de mujeres o su falta de
democracia.
Aunado a lo anterior, como integrantes de una sociedad, el iuspositivismo
nos señala que -desde el punto de vista jurídico- no nos debemos de preocupar
de las consecuencias de nuestras decisiones, pues mientras éstas se encuentren
apegadas a las leyes vigentes, no serán objeto de sanción ni persecución, sin
importar que el resultado haya sido inmoral, injusto o dañino.
A pesar que muchas corrientes del pensamiento jurídico le han dado la
espalda al iuspositivismo, la realidad es que se encuentra más vivo que nunca y
en México podemos encontrar muchos casos de iuspositivismo todos los días, tanto
en las autoridades como en la misma ciudadanía, lo que muchas veces se puede
llegar a traducir en resultados injustos o absurdos, tal y como veremos en los
siguientes ejemplos.
En el primer caso, imagina que sales de un bar en Manzanillo con tu última
bebida en la mano, y que al momento de salir te la cambian del vaso de cristal
a un vaso desechable, con el cual sales a la calle y caminas unos metros a la
esquina para esperar el Uber que acabas de solicitar para llevarte al hotel. En
ese momento pasa por ahí una patrulla municipal y te detienen por “consumir
alcohol en la vía pública”; te llevan a los juzgados municipales y te hacen
perder 8 horas hasta que te imponen una multa de $1,800 pesos: Iuspositivismo.
En un segundo caso, imagina que vas circulando por la autopista a Puerto
Vallarta, cuando un elemento de la Guardia Nacional (antes Policía Federal de
Caminos) hace que te detengas para multarte con más de mil pesos, con el argumento
de que en la medición de su radar excediste dicho límite apenas por un
kilómetro por hora: Iuspositivismo.
En otro caso, supongamos que el reglamento del condominio donde vives
señala que a partir de las 11 pm están prohibidas las fiestas y, un sábado,
estás en una reunión que está por terminar alrededor de esa hora, y justo a las
11:01 pm, tu vecina te reporta con la seguridad del condominio y exige a la
administración que se te apliquen las sanciones correspondientes: Iuspositivismo.
En un cuarto caso, supongamos que vas a un bar que tiene el uso restringido
para mayores de edad, por lo que, de acuerdo al reglamento municipal, todos los
asistentes deberán acreditar su mayoría de edad con la identificación
correspondiente. Llegas con tus amigos, uno de ellos mayor de 50 años de edad que
olvida su identificación, por lo que se le niega el acceso al bar, toda vez que
no es capaz de acreditar su mayoría de edad conforme al reglamento:
Iuspositivismo.
En un último ejemplo, supongamos que manejas por una calle de dos sentidos,
en uno de los cuales (por el que vas circulando) suelen estacionarse
indebidamente vehículos que hay que “esquivar” constantemente, lo cual no suele
afectar el funcionamiento de la calle, porque sigue siendo suficientemente
ancha para que circulen simultáneamente vehículos en ambos sentidos, hasta el
día en que uno de los conductores que viene por el otro sentido decide no
moverse de “su” carril y prefiere impactarse contigo sabiendo que será culpa
tuya por invadir “su” carril: Iuspositivismo.
Cabe señalar que el iuspositivismo no es necesariamente malo, pues limita
de muchas maneras la aplicación discrecional de las leyes, la cual es muchas
veces la puerta de acceso a la corrupción y al autoritarismo, y elimina también
la posibilidad de que cualquier miembro de la sociedad decida cuáles leyes
seguir y cuáles no, de acuerdo a sus principios morales o a su valoración personal
de lo que es justo e injusto.
Sin embargo, como lo hemos visto en los anteriores ejemplos, las posturas
extremadamente iuspositivistas, incluso aquellas que parten de normas
perfectamente racionales y justas, pueden llevarnos a escenarios completamente
injustos, que no corresponden con los objetos perseguidos por las normas cuya
literalidad se aplica a “rajatabla” y sin sentido común en cada caso concreto.
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